Comprar o alquilar una vivienda de segunda mano es el escenario más sencillo para dar de alta el agua si el contrato sigue en vigor: el contador ya existe, así que no necesitas un alta nueva, solo un cambio de titular. En varias compañías es gratis o más barato que un alta, aunque no en todas, y hay un par de cosas que conviene comprobar antes de firmar para no heredar problemas del propietario anterior.
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Qué pedir al vendedor o al propietario antes de firmar
Antes de la firma (compraventa) o de la entrega de llaves (alquiler), pide:
Otros casos habituales: dar de alta el agua sin cédula de habitabilidad, dar de alta el agua en un terreno urbano y los requisitos para poner contador de agua.
- Las últimas facturas de agua, para comprobar que están pagadas y ver el consumo habitual de la vivienda.
- Confirmación de que el suministro está al corriente de pago. No hemos visto un certificado de no deuda en lo que publican las compañías consultadas, así que pregunta a la tuya cómo acreditarlo.
- El número de contrato o póliza del suministro. Emasesa indica que permite localizar el contrato de forma rápida.
- Una lectura del contador acordada el día de la entrega, idealmente con foto, para que quede claro a partir de qué consumo empiezas a responder tú.
- La cédula de habitabilidad o el título de ocupación, según tu comunidad. En Cataluña, la Ley 18/2007 (art. 26.2) pide acreditar las condiciones de la vivienda en la venta o el alquiler, con la entrega de la cédula vigente salvo exoneración.
Documentos necesarios para el cambio de titular
- DNI, NIF o NIE del nuevo titular.
- Escritura de compraventa o contrato de alquiler que acredite tu derecho sobre la vivienda. Aigües de Barcelona admite también un certificado de compra o alquiler del propietario o del administrador. Si eres inquilino, Aguas de Alicante pide además la autorización y el DNI del propietario.
- IBAN para domiciliar los recibos.
- Lectura del contador: Aguas de Alicante la pide tomada el mismo día de la gestión, y en Zaragoza dar la lectura hace el cambio inmediato y más barato.
- Número de contrato o de póliza del suministro actual, que EMASA te pide indicar si ya tiene tu documentación en sus ficheros.
La cédula de habitabilidad depende de la compañía y de la comunidad. Aigües de Barcelona la incluye en la documentación del cambio de titular, y Aguas de Alicante pide licencia de 1ª ocupación si la vivienda tiene menos de 10 años y declaración responsable de 2ª ocupación si tiene más. En Extremadura, la Ley 11/2019 (art. 12) la exige si se necesitan nuevos boletines de enganche por el cambio de titularidad. En Andalucía, el reglamento de suministro (art. 62 bis) solo pide acreditar tu personalidad y el derecho sobre el inmueble, más la autorización del propietario si eres inquilino. En Zaragoza, si se modificó la instalación o el calibre del contador, es imprescindible el certificado de instalación.
Pasos y plazos del cambio de titular
- Contacta con la empresa suministradora (la misma que ya presta servicio en la vivienda) y solicita el cambio de titular, no un alta nueva.
- Aporta la documentación: DNI, escritura o contrato de alquiler, IBAN y, si lo tienes, el número de contrato anterior.
- Confirma la lectura del contador en el momento del cambio. En Emasesa, la factura final que se genera al cambiar de titular corresponde al titular anterior.
- Espera la confirmación: no hay un plazo común. En Zaragoza el cambio es inmediato si das la lectura. Si no la das, no es efectivo hasta que el servicio técnico accede al contador, lo que ocurre en los dos días siguientes si está en batería. No hemos encontrado un plazo publicado para el cambio de titular en las otras compañías consultadas.
El coste también cambia: es gratuito en Barcelona, gratuito salvo la fianza en Sevilla y en Málaga, y gratuito en Valencia salvo tasa municipal donde exista. En Zaragoza son 12 €, o 6 € si das la lectura, en Bilbao 43,7428 € y en Las Palmas 27,93 €. En Madrid cuesta el importe del anticipo de consumo, porque se cancela el contrato antiguo y se da de alta uno nuevo. No lo dejes pasar: en Madrid hay que comunicar el cambio en un máximo de un mes (Condiciones Generales, condición 9).
Para comparar con el resto de trámites de alta de agua (coste, plazos, documentación general), tienes la guía completa en cómo dar de alta el agua en España.
¿Y si hay deudas pendientes del anterior titular?
Cada compañía trata la deuda de una forma. Esto es lo que publican las consultadas:
- Aigües de Barcelona: el cambio solo es posible si el suministro está en vigor y al corriente de pago. Si hay deuda, tienes que hacerte cargo de ella.
- EMASA: debes estar al corriente de pagos con Emasa o gestionar la deuda pendiente.
- Andalucía: el reglamento (art. 62 bis) permite el cambio a quien no esté incurso en causa de suspensión ni tenga el suministro suspendido, con el contrato en vigor.
- Las Palmas: el reglamento (art. 53) permite denegar el contrato si el solicitante no está al corriente de pago.
No consta en lo leído que la deuda de agua quede vinculada al inmueble. Para evitarte problemas:
- Pregunta a la compañía si hay recibos pendientes antes de firmar, no después.
- Si detectas deuda pendiente ya avanzado el proceso, negocia con el vendedor que la salde antes de la entrega de llaves o que se descuente del precio, porque en compañías como Aigües de Barcelona tendrías que hacerte cargo tú.
Datos comprobados entre el 5 y el 6 de noviembre de 2026 en las webs, reglamentos y tarifas oficiales enlazados en cada apartado y en el BOE. Si ves algo que ha cambiado, la fuente oficial manda.
Preguntas frecuentes sobre dar de alta el agua en vivienda de segunda mano
Última actualización: noviembre de 2026. Los plazos y requisitos concretos dependen de la empresa suministradora, confírmalos directamente antes de firmar la compraventa o el contrato de alquiler.
